Cuando vendes un piso por más de lo que lo compraste, esa ganancia patrimonial tributa en el IRPF. Es uno de los impuestos más importantes y menos comprendidos de la fiscalidad inmobiliaria en España.
Cómo se calcula la ganancia patrimonial
Ganancia = precio de venta - precio de compra. Ambos precios se ajustan: el de venta se minora con gastos de venta (comisión de agencia, plusvalía municipal, notaría). El de compra se amplía con gastos de adquisición (ITP o IVA, notaría, registro, reformas con factura). El resultado neto es la base imponible del ahorro.
Tipos de gravamen aplicables (2026)
- Hasta 6.000€ de ganancia: 19%
- De 6.000€ a 50.000€: 21%
- De 50.000€ a 200.000€: 23%
- De 200.000€ a 300.000€: 27%
- Más de 300.000€: 28%
Las exenciones más importantes
Reinversión en vivienda habitual: Si vendes tu vivienda habitual y reinviertes el total en otra en los 2 años siguientes, la ganancia está exenta. Mayores de 65 años: La ganancia de venta de vivienda habitual está totalmente exenta. Renta vitalicia para mayores de 65: Reinvertir en renta vitalicia asegurada, exento hasta 240.000€.
Lee también: Plusvalía municipal al vender. Usa RadarPro para estimar el coste fiscal antes de cerrar cualquier operación.
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